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¿Será sancionado? Congreso citará a diputado Javier Hernández tras señalamientos de haberse presentado en aparente estado de ebriedad, pero no define un plazo

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La Junta Directiva del Congreso de la República acordó citar al diputado Javier Hernández, jefe de la bancada FCN-Nación, a quien se le señala de asistir en estado de ebriedad a la sesión plenaria del pasado miércoles 9 de noviembre.

Tras el incidente, la Junta Directiva del Congreso acordó citar al parlamentario, pero no se definió la fecha.

“El día de ayer en Junta Directiva se acordó convocar al diputado Javier Hernández quien por medio de un comunicado se puso a disposición para iniciar las medidas disciplinarias pertinentes”, dijo a Prensa Libre y Noticiero Guatevisión, la presidenta del Congreso, Shirley Rivera.

Rivera no precisó el plazo, pero dijo que además durante la reunión, la directiva acordó emitir un nuevo acuerdo sobre normas de seguridad en el Hemiciclo. La presidenta dijo que estas eran “indispensables para el cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica”.

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Javier Hernández protagoniza incidente

Los videos muestran al diputado Hernández intentando ingresar al Hemiciclo, pero las puertas estaban cerradas. El congresista caminó por los pasillos mientras los presentes y otros diputados exclamaban que estaba ebrio.

Casi al retirarse, Hernández se desplazó por los corredores ante la presencia de trabajadores del Congreso y los medios de comunicación que cubrían la aprobación del Presupuesto 2023. En este momento, se observó que otro diputado condujo a Hernández hasta su oficina.

El diputado de FCN-Nación hizo referencia al incidente un día después al publicar un comunicado en sus redes sociales.

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“El día de ayer ocurrió un desafortunado suceso en las instalaciones del Congreso de la República en el cual me vi involucrado. No busco dar excusas o pretextos. Acepto y reconozco mi error y mi mal actuar”, indicó el congresista. No obstante, el congresista no aclaró si llegó o no en estado de ebriedad. 

¿Será sancionado?

Según establece la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, en su artículo 67, un diputado podrá ser amonestado por “faltar a la ética”.

Lo normado en ley es una amonestación privada, si la falta es leve, o pública en caso de que sea grave. El voto de censura se da cuando se catalogue como falta grave que comprometa al Organismo Legislativo.

En todos los casos, el artículo establece que se otorgará audiencia por 10 días para que pueda defenderse (posterior al inicio de las diligencias) y la sanción que se aplique puede ser apelable en un plazo de cinco días.

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