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Trabajadores del Estado gozarán de descanso el 31 de octubre y el Día de Todos los Santos

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El Ministerio de Trabajo y Previsión Social publicó este miércoles 26 de octubre el Acuerdo 266 – 2022 con el que autoriza un permiso laboral con goce de salario el lunes 31 de octubre del año en curso a los servidores públicos que prestan servicios en entidades centralizadas y descentralizadas de la administración pública.

La publicación hace referencia al Decreto 1748 del Congreso de la República, Ley de Servicio Civil, “que establece que dentro de los días de asueto con goce de salario se encuentra el 1 de noviembre, por lo que se estima conveniente conceder permiso laboral con goce de salario a los servidores públicos”.

Con la autorización, los empleados públicos gozarán de varios días de descanso, pues podrán tomar el fin de semana, el lunes 31 de octubre y el martes 1 de noviembre.

“Como consecuencia del permiso que se concede conforme al artículo 1 del presente Acuerdo, se considerará como día inhábil para los efectos de cómputo de los plazos que deben observarse dentro de la administración pública, salvo la excepción del párrafo segundo del artículo 2”, detalla.

El acuerdo detalla que se exceptúa del permiso a los servidores den entidades donde por cumplimiento de pactos colectivos ya gozan de asueto un día distinto al indicado.

También se exceptúan a servidores públicos de instituciones que presten servicios públicos esenciales o que tengan actividades programadas que se consideren impostergables.

El acuerdo es firmado por el presidente Alejandro Giammattei y autoridades del Ministerio de Trabajo.

Sector privado no tiene fin de semana largo

El próximo martes 1 de noviembre se conmemora el Día de Todos los Santos y los guatemaltecos gozarán de descanso.

El asueto no se puede correr al lunes 31 de octubre.

El Instituto Guatemalteco de Turismo (Inguat) indicó que acorde a la Ley de Turismo Interno (Decreto 19– 2018), el 1 de noviembre no aplica para feriado largo.

La ley contempla 11 días de descansos oficiales, los cuales están regulados por el Código de Trabajo. Debido a esta disposición, los trabajadores tanto del sector público como privado gozarán del asueto y se les deberá pagar la jornada.

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