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Por qué el MP pide la destitución del ministro de Gobernación, Enrique Degenhart

Degenhart: La muerte violenta de mujeres ocurre por qué tienen "una relación con estructuras criminales"

Dicha comisión fue disuelta por el presidente Jimmy Morales en junio de 2019.

La fiscalía planteó su petición ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y solicita que junto a Degenhart también sea destituido Luis Arévalo, tercer viceministro de Gobernación.

María Consuelo Porras, fiscal general, es a la vez coordinadora y representante legal de la comisión, y quien acciona contra Degenhart a través de la Fiscalía de Asuntos Constitucionales, Amparos y Exhibición Personal.

“Es evidente la notoria desobediencia del amparo provisional cuando en la propia resolución del 28 de octubre se indica puntualmente: ‘esta decisión se pronuncia con los apercibimientos legales correspondientes’, derivado de lo cual corresponde al Tribunal de tomar las medidas necesarias para tal ejecución”, señala la Fiscalía.

En el fallo del 28 de octubre, el tribunal constitucional declaró con lugar dos recursos de apelación: uno para Porras ante un amparo a favor de Jordán Rodas, procurador de los Derechos Humanos, contra Degenhart, y el otro, para la procuradora Adjunta I de la Procuraduría de los Derechos Humanos contra el director de Servicios Administrativos y Financieros del Ministerio de Gobernación.

Ambos fallos tenían como efecto la suscripción del convenio para garantizar los fondos del ministerio a la Comisión de de Apoyo al Fortalecimiento de la Justicia, los cuales deberían fluir 24 horas después de las firmas.

La comisión existe desde 1998, producto de los Acuerdos de Paz, pero en junio último Morales la liquidó para evitar “dualidad de funciones” con la Instancia Coordinadora de la Modernización del Sector Justicia.

Coordinada por el fiscal general, la comisión se integra por dos magistrados de la Suprema, el ministro de Gobernación, el Instituto de la Defensa Pública Penal, la Comisión Presidencial de Derechos Humanos, la Policía Nacional Civil, el Colegio de Abogados, las facultades de Derecho de las universidades San Carlos y Landivar, y miembros de la sociedad civil.

El proceso

De acuerdo a lo establecido en la Ley de Amparo y Exhibición Personal, cuando un funcionario incumple lo dispuesto por un tribunal de amparo puede ser destituido.

Sin embargo, el funcionario tendrá la oportunidad de evacuar una audiencia en la que responderá los motivos por los que no ha cumplido con lo ordenado por el tribunal, cuando se lo demande la autoridad, en este caso la CSJ.

Cuando la Corte reciba la respuesta del funcionario esta analizará las razones argumentadas para determinar si hay o no causa de destitución, la cual no implica una persecución penal ni un planteamiento de antejuicio, pues no se trata de un delito por el que se le persiga.

Es decir, que en todo caso, el funcionario desobedece una orden de rango constitucional.

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