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Inguat actualiza requisitos para ingresar a Guatemala y estos documentos son necesarios

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El Instituto Guatemalteco de Turismo (Inguat) publicó este lunes 21 de marzo un comunicado en el que explica los nuevos protocolos sanitarios para las personas que quiera ingresar a territorio guatemalteco, tomando como base el panorama actual de la pandemia del covid-19.

Las normativas incluyen no solo a los turistas que provienen del extranjero o residentes guatemaltecos, sino también a miembros del cuerpos consulares, personas que formen parte de organizaciones internacionales, diplomáticos acreditados y tripulación de aeronaves.

Desde el 11 de marzo recién pasado, las personas que quieran ingresar a Guatemala deben tener cualquiera de los siguientes documentos:

  • El carné de vacunación contra el covid-19 con esquema completo. Las personas pueden administrarse la segunda dosis (en caso de que no la tuvieran con anterioridad) con un mínimo de 2 semanas antes de emprender el viaje.
  • Un comprobante de prueba covid-19 negativo, ya sea por Antígeno o PCR. Los resultados deben estar listos 3 días antes de llegar al puesto de chequeo en el aeropuerto.

Independientemente de los documentos que el usuario presente en la aerolínea debe cargar de forma obligatoria mascarilla en todo el proceso de vuelo y abordaje.

Esto supone la cancelación de los protocolos anteriores en donde se restringía el acceso a personas que venían de Sudáfrica, Namibia, Botsuana, Mozambique, Lesoto, Zimbabue, Egipto y Esuatini.

La institución aseguró que aquellos usuarios que no presenten ninguno de estos documentos y que ingresen por aeropuertos internacionales, se les realizará una prueba de detección del virus en un laboratorio de la terminal aérea designado por el Ministerio de Salud y Asistencia Social.

Existen excepciones en estas normativas, como los usuarios que, a partir de alguna otra situación médica, no puedan vacunarse contra el covid-19 y deben presentar una constancia de su condicionamiento por parte de su médico.

También son exentos de estos protocolos aquellos viajeros que ingresan y salen de Guatemala en un periodo no mayor de 72 horas (tres días) por cuestiones comerciales (compradores o comerciantes), educativos (estudiantes), o personal de diferentes tipos de transporte (conductores de transporte pesado, transporte turístico y pilotos).

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