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Educación establece aporte para gastos funerarios de estudiantes

MINEDUC

Luego de que el Ministerio de Educación (Mineduc) derogara el acuerdo del seguro médico escolar, la cartera anunció la creación del Programa de Salud Escolar, el cual incluye la cobertura de gastos funerarios en caso de fallecimiento de algún estudiante inscrito en el sistema educativo nacional, por lo que este viernes 8 de marzo se dieron conocer detalles de la prestación de ese servicio.

“El #Mineduc informa que, en el marco del #ProgramaDeSaludEscolar se emite el Acuerdo Ministerial número 815-2024, Aporte Económico para Gastos Funerarios para estudiantes inscritos en el Sistema de Educación Pública” escribió la cartera de Educación en su cuenta de X.

Dicho acuerdo detalla que, el Programa de Salud Escolar, que estará a cargo del Ministerio de Salud, lo que se pretende es “apoyar a las familias que sufran el deceso de un educando inscrito en el sistema de educación pública, el Ministerio de Educación realizará un aporte económico regulado en el Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público de Guatemala, y para tal efecto el Ministerio de Educación”.

 Entre las disposiciones del acuerdo destacan que el beneficio de los gastos funerarios

Lo recibirán” las familias que sufran el deceso de un estudiante inscrito en el Sistema de Educación Pública, niveles de educación inicial, preprimaria, primaria y media”, por lo que el Mineduc “efectuará un aporte económico a los padres o, a quien corresponda para sufragar los gastos funerarios”. Además, establece que el aporte económico será de hasta un monto de Q7 mil 500.

Educación detalla que entre los requisitos “indispensables” para la entrega de dicho aporte económico es la presentación del certificado de defunción extendido por el Registro Nacional de las Personas (Renap).

Además, refiere que “se delega la planificación, programación y ejecución presupuestaria en las Direcciones Departamentales de Educación, con la rectoría de la Dirección General de Participación Comunitaria y Servicios de Apoyo, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Magisterial”.

“La Dirección de Planificación Educativa será responsable de disponer la información actualizada de los estudiantes inscritos en el Sistema de Registros Educativos”, agrega.

El programa

En el artículo 1 del acuerdo gubernativo 36-2024 se crea el Programa de Salud Escolar, el cual estará a cargo del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y del Ministerio de Educación, en el ámbito de sus competencias.

Se establece que el objetivo de este es favorecer la salud y la permanencia de los educandos inscritos en el sistema de educación pública, así como servir de incentivo para incrementar la matrícula escolar a través de la promoción de la salud, prevención y atención de enfermedades comunes, afecciones derivadas de accidentes, suministro de medicamentos y servicios funerarios.

Añade que los educandos inscritos en el sistema de educación pública deben ser atendidos por personal designado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, según el nivel resolutivo en que presten servicios de manera integral, de acuerdo con la normativa de salud vigente, determinando la conducta/tratamiento a seguir con prontitud.

En el tema de servicios funerarios, se menciona que es con la finalidad de apoyar a las familias que sufran deceso por accidente o muerte natural de un educando inscrito en el sistema de educación pública.

Explica que el Ministerio de Educación hará a los padres o a quien corresponda, de conformidad con la ley, una transferencia destinada al apoyo de servicios funerarios. Para tal efecto, el Ministerio de Educación emitirá las disposiciones necesarias.

Se establece que la implementación del referido programa se concretará de manera progresiva por ambos ministerios, según sus competencias; para tal efecto se conformará una mesa técnica, debiendo emitir las disposiciones pertinentes.

“El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a través de la Dirección del Sistema de Urgencias Médicas (SUME), será el responsable de implementar y desarrollar el mecanismo de llamadas telefónicas para la coordinación y derivación a los servicios de salud del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para la atención a los educandos del sistema de educación pública”, se lee en el acuerdo.

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