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Campesinos que cortaron pacayas en un parque nacional podrían enfrentar 10 años de cárcel

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Óscar Sun y Manuel Pop, los dos hombres que fueron detenidos el fin de semana último cuando transportaban 96 pacayas extraídas del Parque Nacional Las Victorias, en Cobán, Alta Verapaz, son sindicados de atentado contra el patrimonio natural y cultural de la nación, informó este lunes 29 de marzo la defensa.

Por ese delito, los acusados pueden enfrentar una condena de entre 5 y 10 años de prisión y una multa de Q10 mil a Q20 mil.

El sábado último, agentes de la División de Protección a la Naturaleza (Diprona) de la Policía Nacional Civil (PNC) capturaron a dos hombres de 38 y 61 años por haber extraído 96 pacayas de dicho parque.

El comisario Édgar de La Cruz, jefe de Diprona, señaló que la detención se hizo bajo requerimiento del Consejo Nacional de Áreas Protegidas (Conap).

Élmer Salguero, abogado defensor, señaló que los derechos de sus patrocinados están siendo violentados, tanto por el delito del cual se les acusa, como por la lentitud para resolver el caso, pues la audiencia de primera declaración se programó para el martes 30 de marzo a las 8 de la mañana, pese a que la detención fue el día 26.

“Así las cosas en Guatemala, lo único que queremos es que no se sigan cometiendo sendos atropellos contra el pueblo de Guatemala, porque el hambre se vive a nivel nacional y no solo en Alta Verapaz, dijo Salguero con referencia a que sus clientes cortaron las pacayas para consumo familiar.

Salguero criticó el actuar del Ministerio Público y solicitó a la fiscal general que “readecúe su política criminal”, pues considera que los señalamientos en contra de sus patrocinados están fuera de contexto.

Además criticó a la jueza que les atribuye el delito.

Añadió que el Juzgado de Paz de Cobán envío el expediente hasta este lunes a las 10 de la mañana, cuando los detenidos deben ser escuchados en un término de 24 horas después de su aprehensión.

“Si bien es cierto que todos comen las pacayas y no es tanto el hecho de lo que se robaron, si no el hecho de haberlas extraído de un Parque Nacional”, indicó Comunicación Social del Conap.

A decir de la entidad, según la Ley de Áreas Protegidas en su artículo 92, “las personas individuales o jurídicas que regularmente se dediquen o deseen dedicarse a realizar actividades de corte, recolecta de plantas silvestres deben contar con la autorización del Conap”.

El Conap agregó que “en este caso y en demás casos ilícitos registrados en las áreas protegidas, su deber es brindar el acompañamiento necesario para resguardar el patrimonio natural”.

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