Ciudad Guatemala

CC rechaza amparo que buscaba reactivar proceso de antejuicio contra José Alejandro Córdova, aspirante a dirigir la PDH


La máxima corte de Guatemala rechazó un amparo que buscaba reactivar el proceso de antejuicio contra el magistrado José Alejandro Córdova, vinculado al caso Comisiones Paralelas 2020 y aspirante a jefe de la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH).

  07 julio, 2022 - 10:30 AM

La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó un amparo interpuesto por el Ministerio Público (MP) que buscaba reactivar el proceso de antejuicio contra el magistrado José Alejandro Córdova Herrera, vinculado al caso Comisiones Paralelas 2020 y uno de los integrantes de la terna de candidatos a dirigir la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH).  

La resolución es del pasado 16 de febrero de 2022 y un día después se lanzó la convocatoria para la elección del nuevo PDH.

El pasado 5 de julio la Comisión de Derechos Humanos (DD.HH.) del Congreso de la República se reunió para integrar la terna de aspirantes al cargo de PDH la cual será trasladada al pleno.

La Comisión integró la terna de aspirantes al cargo con José Alejandro Córdova Herrera, que obtuvo 90.42 puntos;  Giovanni Francisco Soto Santos, 86.11 puntos y Melvin Giovanni Portillo Arévalo 87.00.

Córdova Herrera es magistrado Vocal Primero de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones de Familia y es señalado por la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) del MP, de estar involucrado en el caso Comisiones Paralelas 2022, una estructura que intentó manipular la integración de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y las Salas de apelaciones.

El 3 de septiembre de 2021 la Feci había presentado en la CC el amparo contra la resolución de la CSJ, de fecha 28 de julio de 2021, en la que declaró sin lugar las diligencias de antejuicio promovidas por el Ministerio Público, contra José Alejandro Córdova Herrera.

Señaló que hubo violaciones al derecho del ejercicio de la acción penal así como a los principios jurídicos del debido proceso y de legalidad. D

En la resolución de la CC se menciona que la CSJ actuó en el uso de las facultades que le confiere la ley aplicable al caso de mérito, sin ocasionar las vulneraciones aducidas por la Feci.

Añade que lo anterior, en virtud que la referida autoridad, partiendo de los hechos y de los argumentos expuestos en la solicitud de antejuicio instada, así como de las pesquisas realizadas por el juez pesquisidor, arribó a la conclusión de que los señalamientos que se le imputan al magistrado enjuiciado no generan suficientes indicios racionales que evidencien una posible comisión de hechos que pueden ser constitutivos de delito, que le llevaron a no acoger la solicitud formulada, decisión que, a juicio de esta Corte.

Antecedentes

Según informó el MP el 16 de julio de 2020, través de la Feci solicitó levantar la inmunidad de 13 funcionarios judiciales vinculados en el caso Comisiones Paralelas 2020, entre ellos José Alejandro Córdova Herrera.

“De acuerdo con la tesis de la fiscalía, los funcionarios antes mencionados participaron en posibles negociaciones ilícitas con el privado de libertad Gustavo Adolfo Alejos Cámbara, entre ellos comisionados de postulación, postulados a integrar altas cortes, actores externos al proceso, pero con interés en el mismo, diputados al Congreso de la República”, se leía en el comunicado del MP.

Otras resoluciones en el caso

El magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Nery Medina, no podrá ser investigado por el caso Comisiones Paralelas 2020, ya que la Corte de Constitucionalidad (CC) confirmó el fallo que declaró sin lugar el trámite de antejuicio en contra del funcionario, según se informó el 1 de julio pasado.

La resolución de la CC señala que se “rechaza in limine la solicitud de antejuicio promovida por el MP, a través de la Feci, en contra de Nery Osvaldo Medina Méndez, magistrado vocal segundo de la Corte Suprema de Justicia”.

En su resolución, la CC estableció que, no son dables los agravios señalados por el ente postulante.

También concluyó que los hechos que soportaban la solicitud de antejuicio “eran espurios, al considerar que, los mismos no aportan la documentación suficiente”, la cual es derivada de una investigación previa, mediante la cual se sustenten los hechos bajo las circunstancias en que se aduce que participó el antejuiciado.

El pasado 5 de julio de 2022 la Corte de Constitucionalidad emitió un fallo que favorece a Josué Felipe Baquiax quien ya no podrá ser investigado por señalamientos en el caso Comisiones Paralelas 2020.

El 8 de junio de 2021, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) del Ministerio Público solicitó el retiro de inmunidad de 10 magistrados de la Corte Suprema de JusticiaTribunal Supremo Electoral y Corte de Constitucionalidad.

Según la investigación del Ministerio Público, los magistrados habrían cometido actividades posiblemente ilícitas en su función de comisionados de postulación para magistraturas de Salas de Apelaciones y Corte Suprema de Justicia.

Uno de los señalados fue Josué Felipe Baquiax, en su calidad de magistrado Vocal Quinto de la Corte Suprema de Justicia, a quien la Feci señaló de tráfico de influencias, violación a la constitución y asociación ilícita.

Foto principal: José Alejandro Córdova Herrera. (Congreso de la República)

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