Ciudad Guatemala

CC otorga amparo provisional para manifestar, se respete la libre locomoción y que la fuerza se utilice cuando sea absolutamente necesario


Resolución de la CC permite manifestar, pero contempla parámetros para no afectar a manifestantes y tampoco perjudicar la locomoción.

  26 agosto, 2021 - 16:06 PM

La Corte de Constitucionalidad (CC) informó este jueves 26 de agosto que por unanimidad se otorgó amparo provisional ante los planteamientos presentados por varias instituciones y autoridades en el tema de manifestaciones.

Añadió que los planteamientos de amparo fueron formulados por el procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade; el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras, Sonia Marina Gutiérrez Raguay, Edgar Stuardo Batres Vides y Adán Pérez y Pérez, diputados al Congreso.

También los planteamientos fueron presentados  por la Cámara del Agro, así como la Cámara de Industria de Guatemala en contra del presidente Alejandro Giammattei, el ministro de Gobernación y el director general de la Policía Nacional Civil,

La alta Corte resolvió que “en toda ocasión” en la que se anuncie el ejercicio de los derechos de reunión y manifestación públicas, el Organismo Ejecutivo debe garantizar los derechos de la población.

Así como velar porque se observen los derechos de todas las personas, en el territorio nacional, a la vida, salud, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, como libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad.

Habilitar carriles específicos

Explica que en caso de manifestaciones en calles y carreteras, se coordinen e implementen acciones tendientes a garantizar que las personas realicen sus actividades diarias; de ser necesario, habilitar carriles específicos en las carreteras que puedan resultar afectadas, esto para que las personas lleven a cabo las manifestaciones sin interrumpir el ejercicio de los derechos de los demás ciudadanos en cuanto a su libertad de locomoción y movilidad, el acceso a servicios de transporte comercial y de las personas.

Medidas de sanitarias

Reitera la obligación de proveer información a los asistentes y tomar las medidas necesarias, en particular, las de bioseguridad que prevengan el contagio del covid-19, así como, la necesidad de requerir la colaboración del procurador de los Derechos Humanos con fines de verificación y mediación.

La obligación de que para preservar el orden público, se haga con elementos de las fuerzas de seguridad, debidamente uniformados.

Para leer más: Vendedores de La Terminal muestran su rechazo a bloqueos en carreteras y critican a organizaciones que los impulsan

Uso de la fuerza pública

También establece que el uso de la fuerza pública podrá utilizarse cuando fuera absolutamente necesario, en casos excepcionales y siempre conforme los estándares internacionales que han marcado pautas para el efecto.

En las últimas semanas las carreteras del país y algunas ciudades, entre estas la capital, han sido escenario de manifestaciones, en su mayoría contra el gobierno.

Las manifestaciones se han registrado durante varias horas en días hábiles, lo que ha llevado a distintos sectores a pronunciarse por estas acciones, mientras que organizadores sostienen su derecho a manifestar.

Recientemente, un grupo de vendedores de La Terminal se pronunció en contra de los bloqueos porque según ellos “les genera pérdidas” y lanzaron advertencia a los organizadores de las manifestaciones en carreteras.

La situación se tornó tensa el 19 de agosto, cuando un grupo de supuestos vendedores de La Terminal, algunos armados con palos, intentó disolver una manifestación que se desplazaba en la Calle Martí, donde un grupo de personas exigía la renuncia del presidente Giammattei y de la fiscal general Consuelo Porras.

Las manifestaciones fueron más constantes luego de que la fiscal Porras destituyera a Juan Francisco Sandoval, quien dirigía la Feci.

 

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