Ciudad Guatemala

Bono IGSS: aprueban pago extraordinario para beneficiarios de los programas IVS y Accidentes


El Ministerio de Trabajo publicó en el diario oficial el acuerdo para hacer efectivo el pago de un bono extraordinario a beneficiarios del IGSS.

  03 octubre, 2022 - 19:01 PM

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) publicó este lunes 3 de octubre en el Diario de Centro América el Acuerdo 243 – 2022, con el que se aprueba el Acuerdo 1517 emitido por la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).

Dicho acuerdo del IGSS establece aprobar un bono “extraordinario y único” de Q500 para los beneficiarios del Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia y del Programa de Accidentes.

La publicación señala que “que todo régimen de Seguridad Social obligatoria se desenvuelve a base de un delicado mecanismo financiero, de tal manera que no es posible ni aconsejable olvidar en ningún momento que los egresos deben estar estrictamente proporcionados a los ingresos”.

Añade que “por ello efectuados los estudios actuariales y técnicos, se ha determinado la capacidad financiera del Instituto para otorgar de manera extraordinaria y por única vez, un bono para contribuir a paliar los efectos sociales y económicos derivados de la Pandemia COVID-19, a los pensionados del Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia, y del Programa de Accidentes respectivamente”.

Detalla que el bono se pagará de la siguiente manera:

Para las pensiones por los riesgos de Vejez e Invalidez, el cien por ciento al pensionado.

Para las pensiones por el riesgo de Sobrevivencia, se distribuirá el cien por ciento entre el total de beneficiarios en partes iguales; en caso de existir solo un beneficiario, este recibirá el cien por ciento.

Para las pensiones por riesgo de Muerte, se distribuirá el cien por ciento entre el total de beneficiarios en partes iguales; en caso de existir solo un beneficiario, este recibirá el cien por ciento.

La publicación añade que el bono se acreditará en el mes siguiente que empiece a regir el presente acuerdo, en la fecha calendarizada por el IGSS.

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