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Inmovilizan 21 bienes de Luis Gómez, fundador del Transurbano

Inmovilizan de 21 bienes de Luis Gómez, fundador del Transurbano

Con base a la investigación de la Unidad de Extinción de Dominio del Ministerio Público, se decretaron medidas cautelares de embargo e inmovilización sobre 21 bienes inmuebles, vinculada a Luis Alfonso Gómez González, exvicepresidente de la Asociación de Empresas de Autobuses Urbanos AEAU.

La inmovilización de estos bienes de deriva de las investigaciones que se llevan con el Transurbano.

A requerimiento del MP, las medidas cautelares fueron decretadas por la Jueza de Extinción de Dominio, el 9 de diciembre del año en curso, y tiene como objeto la anotación en el Registro General de la Propiedad para así evitar el traslado de los mismos.

Inmovilizan de 21 bienes de Luis Gómez, fundador del Transurbano

Los inmuebles están ubicados: seis en el municipio de Guanagazapa, del departamento de Escuintla y uno en el municipio de Escuintla; dos terrenos están en el municipio de Dólores.

Mientras que otros seis en La Libertad, del departamento de El Petén; asimismo, en la zona 15 de la ciudad de Guatemala está ubicado un apartamento, cuatro parqueos y una bodega.

Las investigaciones iniciaron derivado de la sospecha que los bienes inmuebles fueron adquiridos por la entidad mercantil Tecnología y Proyectos de Guatemala, S.A, la cual fue creada para ocultar la procedencia ilícita de los fondos extraídos de la arcas del Estado de Guatemala.

Luis Gómez, la lado de Álvaro Arzú, Gustavo Alejos, ÁLvaro Colom y Sandra Torres en la inauguración del Transmetro

La medida cautelar fue decretada como seguimiento de las investigaciones que se siguen contra el subsidio y el caso del Transurbano durante el gobierno de Álvaro Colom.

Fundamento jurídico

Inmovilizan de 21 bienes de Luis Gómez, fundador del Transurbano

El Ministerio Público (MP) por medio de la Unidad de Extinción de Dominio se fundamentó para decretar las medidas cautelares con base al artículo 22 de la Ley de Extinción de Dominio.   Asimismo el artículo 25 de la misma Ley indica que posteriormente a las medidas cautelares con base a los medios de prueba, el MP podrá reclamar a favor del Estado dicho bienes.

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