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Gobierno modifica artículos del decreto 6-2021 que establece estado de Calamidad

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En cadena nacional este sábado 21 de agosto, la Presidencia informó que se le hicieron adiciones al decreto del Ejecutivo referido al estado de Calamidad. 

En primer lugar, se informó que las presentes reformas tienen vigencia hasta el 11 de septiembre de 2021, “salvo modificaciones o reformas”.

De acuerdo con lo dispuesto por el Ejecutivo, las modificaciones están enfocadas a las compras y contrataciones para hacer frente a la contingencia del alza de casos del covid-19 en el país, por lo que se debe usar para ello, la plataforma de Guatecompras.

La contratación está enfocada en los aspectos como la contratación de recurso humano, medicamentos, equipo hospitalario, insumos de laboratorio, servicios hospitalarios, adquisición de oxígeno, equipo médico quirúrgico, fórmulas, equipo de protección personal, así como lo referente a la publicidad.

Las nuevas disposiciones también enfatizan en la vigencia del toque de queda: “Es importante recordar a la población que estas reformas se suman a las ya dictadas el 13 de agosto en el Decreto 6-2021 y que el toque de queda sigue vigente en el horario ya establecido de 22:00 hrs. de un día, a las 4:00 hrs. del día siguiente”, dice la disposición.

“Censura a la vista”

En las nuevas disposiciones se enfatiza en que los “medios de comunicación y difusión están obligados a evitar las publicaciones que puedan causar confusión o pánico o agraven la situación”.

Ante esta situación, los medios deben “asumir las responsabilidades que de ello deriven”, dice el texto.

Este apartado es visto por la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) como una “censura a la vista”.

“Limitar la libertad de prensa y de expresión de los medios de comunicación excusándose en un estado de Calamidad que no ha sido aprobado violenta la Constitución, conlleva censura y promueve una dictadura”, dijo la entidad en un comunicado.

“El artículo 35 de la Constitución debe prevalecer”, agrega la PDH.

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