Ciudad Guatemala

Aborto: estadísticas, casos y penas previstas en la ley


El código penal de 1921 definió el aborto como delito. Las únicas excepciones son los casos en que esté en peligro la vida o salud de la mujer o cuando el embarazo sea producto de una violación.

  06 marzo, 2018 - 13:23 PM

El Congreso de Argentina tratará a partir de este martes una ley sobre el aborto, hasta ahora considerado un delito que tiene pena de prisión.

¿En qué casos es considerado delito?

El código penal de 1921 definió el aborto como delito. Las únicas excepciones son los casos en que esté en peligro la vida o salud de la mujer o cuando el embarazo sea producto de una violación.

Pero aun en esas circunstancias, muchos casos se judicializan y queda a criterio del juez la interpretación de la norma. Decenas de fallos han llegado cuando el avanzado estado del embarazo hacía inaplicable el aborto.

En 2012 la Corte Suprema exhortó al gobierno a instrumentar protocolos hospitalarios sobre cómo proceder en casos de abortos no punibles. En 2015 el gobierno estableció un protocolo, pero su aplicación sigue siendo polémica y sujeta a la objeción de conciencia.

 Castigo

El Código Penal castiga con prisión de uno a cuatro años a la mujer y a quien le practique un aborto. La pena se eleva hasta 10 años si lo hace sin consentimiento de la mujer. En los casos de muerte de la paciente, la pena llega a seis años si había prestado consentimiento y a 15 si se practicó sin su expresa autorización.

La ley establece que “sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo”.

Estadísticas

Un informe del Centro de Estudios de Población (Cedes) realizado en 2005 y basado en proyecciones estadísticas estimó que en Argentina se practican unos 450.000 abortos inducidos por año.

Según cifras oficiales, en 2015 hubo 2.787 nacimientos de madres menores de 15 años, lo que representa un 15% de los nacidos vivos. Según la ley las relaciones sexuales a esa edad se consideran no consentidas y por lo tanto resultado de una violación.

Casos emblemáticos

En 2011 la familia de una niña de 11 años, embarazada tras una violación en la provincia de Entre Ríos, pidió autorización legal para que se le practicase un aborto no punible. El caso desató una polémica en la que el ministro de Salud de la provincia, Hugo Cettour, aseguró que la niña “puede seguir el embarazo como muchísimas adolescentes” al descartar riesgo obstétrico. La familia finalmente desistió de la petición y el aborto no se realizó. Organizaciones defensoras del aborto legal y de los derechos del niño reaccionaron al considerar que se les impuso un punto de vista.

En 2014 una joven de 27 años fue condenada a ocho años de cárcel acusada de haberse practicado un aborto. Había acudido a un hospital público con una hemorragia que fue diagnosticada como aborto espontáneo de un embarazo de 12 semanas. Fue liberada tras dos años en prisión luego de que su caso llegara hasta la Corte Suprema de Tucumán que ordenó su puesta en libertad. Siete meses después fue absuelta. La justicia la había condenado tras hallar un feto de 32 semanas en el baño del hospital sobre el que no se realizó una prueba de ADN.

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