Ciudad Guatemala

7 artículos importantes que debe conocer del Código de Trabajo


Es de suma importancia conocer el Código de Trabajo, le presentamos los 7 artículos que creemos que todos deberían conocer.

  17 enero, 2018 - 18:22 PM

Es de suma importancia conocer el Código de Trabajo, le presentamos los 7 artículos que creemos que todos deberían conocer.

¿Qué es el Código de Trabajo y cuál es su función?

¿Por qué debo saber la importancia del código de trabajo? Muchas son los guatemaltecos que se cuestionan la relevancia de tener conocimiento del código de trabajo.

Este código estructurado permite establecer la importancia que: toda persona que labora posee derechos y deberes; por lo tanto, el patrono debe regirse bajo este marco legal y propiciar un ambiente adecuado para el desenvolvimiento de los trabajadores.

Función del código de trabajo

El código de trabajo contiene normas especiales que determinan las clases de contratos para los trabajadores de la empresa privada o gobierno.

Este documento legal estable los roles entre los Gerentes o Representantes frente al personal que tiene bajo su mando. Pero ¿Quién regula este código? Para el cumplimiento de éstas normas, el ente regulador es el Ministerio de Trabajo y Prevención Social de Guatemala que vela por el buen desempeño de las relaciones empleado-empleador, personal-patrón u obrero-patronales, con el fin de establecer leyes que procuren mantener un equilibrio y respeto entre los dos agentes involucrados.

Además, El Código de Trabajo de Guatemala tiene el fin de contribuir a la paz social, a fomentar la productividad y el desarrollo social.

El Código de Trabajo es el encargado de establecer las normas para el desarrollo de la persona que labora, y abarca todo tipo de especialidades profesionales y oficios  riesgos de trabajo y enfermedades. Sucede con gran frecuencia el desconocimiento por parte de los guatemaltecos acerca de los beneficios y nivel de protección que brinda el código de trabajo.

Siete artículos importantes:

Permisos con goce de salario a los que tienes derecho:

  • De acuerdo al artículo 61, numeral ñ del Código de Trabajo, los patronos tienen obligación de conceder licencia con goce de sueldo a los trabajadores en los siguientes casos:
  • Cuando ocurriere el fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unida de hecho el trabajador, o de los padres o hijos, tres días.
  • Cuando contrajera matrimonio, cinco días.
  • Por nacimiento de hijo, dos días.
  • Cuando el empleador autorice expresamente otros permisos o licencias y haya indicado que estos serán también retribuidos.
  • Para responder a citaciones judiciales por el tiempo que tome la comparecencia y siempre que no exceda de medio día dentro de la jurisdicción y un día fuera del departamento de que se trate.
  • Por desempeño de una función sindical, siempre que esta se limite a los miembros del Comité Ejecutivo y no exceda de seis días en el mismo mes calendario, para cada uno de ellos.
  • En todos los demás casos específicamente previstos en el convenio o pacto colectivo de condiciones de trabajo.

¿Cada cuánto debo descansar?

Además de vacaciones y asuetos, todo trabajador tiene derecho a disfrutar de un día de descanso remunerado después de cada semana de trabajo. La semana se computará de cinco a seis días según costumbre en la empresa o centro de trabajo. – Artículo 126.

¿Puedo cambiar mis vacaciones por dinero?

De acuerdo con el artículo 133: “Las vacaciones no son compensables en dinero, salvo cuando el trabajador que haya adquirido el derecho a gozarlas no las haya disfrutado por cesar en su trabajo cualquiera que sea la causa. Se prohíbe al trabajador prestar sus servicios a cualquier persona durante el período de vacaciones”.

¿A qué tengo derecho si estoy embarazada?

Según el artículo 152 del Código de Trabajo: “La madre trabajadora gozará de un descanso retribuido con el ciento por ciento (100%) de su salario durante los treinta (30) días que precedan al parto y los cincuenta y cuatro (54) días siguientes”.

Los días que no pueda disfrutar antes del parto, se le acumularán para ser disfrutados en la etapa post-parto, de tal manera que la madre trabajadora goce de ochenta y cuatro (84) días efectivos de descanso durante ese período.

Jornadas de trabajo

El artículo 116 expresa: La jornada ordinaria de trabajo efectivo diurno (06:00 – 18:00 horas) no puede ser mayor de 8 horas diarias, ni exceder de un total de 48 horas a la semana.

La jornada ordinaria de trabajo efectivo nocturno (18:00 – 06:00 horas) no puede ser mayor de 6 horas diarias, ni exceder de un total de 36 horas a la semana.

Trabajo en menores de edad

Los menores de edad deben trabajar en menor cantidad que los mayores, así lo indica el artículo 149: La jornada ordinaria – diurna se debe disminuir así:

En una hora diaria y en seis horas a la semana para los mayores de catorce años; y
En dos horas diarias y en doce horas a la semana para los jóvenes que tengan esa edad o menos, siempre que el trabajo de estos se autorice por la Inspección General de Trabajo.

¿Cuáles son razones justas de despido?

De acuerdo al artículo 77 del Código de Trabajo, son algunas causas justas de despido:

Cuando el trabajador deje de asistir al trabajo sin permiso del patrono o sin causa justificada, durante dos días laborales completos y consecutivos o durante seis medios días laborales en un mismo mes calendario.
Cuando el trabajador revele los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos.
Cuando el trabajador sufra la pena de arresto mayor o se le imponga prisión correccional por sentencia ejecutoriada.
Cuando el trabajador incurra en cualquier otra falta grave a las obligaciones que le imponga el contrato.

¿Qué lleva un reglamento interior de trabajo?

Todo patrono que ocupe en su empresa permanentemente diez o más trabajadores, queda obligado a elaborar y poner en vigor su respectivo reglamento interior de trabajo. Este debe contener:

Las horas de entrada y salida de los trabajadores, el tiempo destinado para las comidas y el período de descanso durante la jornada;
El lugar y el momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de trabajo;
Los diversos tipos de salarios y las categorías de trabajo a que correspondan;
El lugar, día y hora de pago;
Las disposiciones disciplinarias y procedimientos para aplicarlas
La designación de las personas del establecimiento ante quienes deben presentarse las peticiones de mejoramiento o reclamos en general y la manera de formular unas y otros.

 

Aquí encontrarás más información acerca del Código del Trabajo:

http://biblio3.url.edu.gt/Libros/2011/codigo-de-trabajo.pdf

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